25 de Abril de 2007 -El Parlamento Europeo confirma que compartir no es delito
Leo en kriptópolis una noticia que se titula "El Parlamento Europeo lo confirma: compartir es legal" y que dice que:
"El Parlamento Europeo ha votado en su sesión de hoy, 25 de abril, la propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas penales destinadas a garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual.
La Directiva establece finalmente en su artículo 3 que los Estados miembros velarán por calificar de infracción penal toda infracción intencional de un derecho de propiedad intelectual cometida a una escala comercial, así como la complicidad y la instigación a dicha infracción
En virtud de la enmienda número 13, el artículo 2 de la Directiva excluye la punibilidad de los actos efectuados por usuarios privados con fines personales y no lucrativos".
Eso sí, más que decir el Parlamento que compartir en redes P2P y sin ánimo de lucro comercial es legal, lo que dice es que no supondrá una infracción penal (que no es poca cosa, pero es distinto). Es decir, dice que no es delito, no que sea legal. Buena noticia en cualquier caso.
Mientras tanto, en una galaxia muy lejana, todavía hay quien afirma que el mero hecho de ver una película grabada sin autorización ya es ánimo de lucro y puede ser delictivo."
Noticia Publicada en http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/005799.html
Por más que las discográficas y los estudios fílmicos se encarguen de hacer millonarias campañas de la mano de las entidades de recaudación (RIAA, SGAE, SADAIC, etc) para crear Miedo, Incertidumbre y Duda (FUD), la realidad es que compartir no es un delito, ni siquiera cuando se trata de compartir música o películas.
Compartir no implica dinero: lo que sí es delito es vender copias de material con copyrigth.
Compartir NO PUEDE ser delito, porque compartir es la base de la vida en sociedad.
Por eso me gusta cuando gente que tiene este asunto legal claro, demanda a los que sí comenten delitos como "The Pirate Bay demanda a los estudios Con el ya famosíimo filtro o publicación por algún interno en la compañía (aún no queda claro) de los correos electrónicos de Media Defender (no, no fue un hack) no solo se ha comprobado que las discográficas usan el P2P para estudios de mercado, también funcionan como excelentes pruebas de que los grandes estudios pagan a hackers profesionales para que ataquen y saboteen sus servidores lo cual es básicamente ilegal, mientras que compartir archivos en Suecia sigue siendo legal; por ese motivo The Pirate Bay ha decidido demandar a:
* Twentieth Century Fox, Sweden AB
* Emi Music Sweden AB
* Universal Music Group Sweden AB
* Universal Pictures Nordic AB
* Paramount Home Entertainment (Sweden) AB
* Atari Nordic AB
* Activision Nordic Filial Till Activision (Uk) Ltd
* Ubisoft Sweden AB
* Sony Bmg Music Entertainment (Sweden) AB
* Sony Pictures Home Entertainment Nordic AB
Los cargos son sabotaje de infraestructura, ataques de negación de servicio (DoS), hacking, spamming, todos a nivel comercial. Las cosas se ponen muy interesantes.
Informacion de http://blog.pegasusnet.com.ar/2007/10/compartir-no-es-delito.html
Otra sociedad de la información es posible
“Compartir es bueno” es una campaña que busca ir más allá del manifiesto y la página web de protesta. Queremos visualizar en la calle la violencia que la industria, las sociedades de gestión y los gobiernos están ejerciendo sobre la sociedad de la información. Queremos que esta campaña sea una caja de herramientas y recursos compartidos entre activistas en favor del copyleft y la libre circulación de la cultura y el poder del conocimiento. Queremos compartir las formas de defender nuestros derechos básicos, las formas de luchar por una cultura libre, en una sociedad libre, con una tecnología libre. Aquí y ahora, de forma directa y colectiva. Porque sabemos que compartir es bueno; porque es legal y justo disfrutar y reutilizar lo abundante e ilimitado: nuestra cultura, nuestra comunicación y nuestro conocimiento, el de la humanidad.
La propiedad intelectual es una contradicción.
El concepto de propiedad intelectual no tiene ningún sentido. Los bienes intelectuales no pueden estar sujetos a propiedad porque: a) no están limitados por naturaleza (de hecho su naturaleza es reproducirse máximamente), b) cuesta lo mismo producirlos para uno que para todos (se multiplican sin coste gracias a las nuevas tecnologías) y c) el que lo disfrute una persona no impide ni disminuye que lo disfruten las demás (de hecho cuanto más lo disfruten los demás mayor valor adquiere al devenir culturalmente más relevante). La cultura sólo existe como compartida. Compartir es bueno.
La creatividad se defiende compartiéndola.
Las creadoras vivimos bien en un mundo en el que compartir es libre. Los autores no necesitamos que nos defiendan de la sociedad, somos parte de ella. El uso y libre distribución y copia de nuestras creaciones no es un ataque contra nosotras sino un honor y un placer que nos permite dárnos a conocer y difuncir nuestra creación. Existen modelos económicos viables y justos basados en la libre circulación de obras culturales y técnicas. Los autores vivimos del directo, de la adaptación creativa, del trabajo por encargo, de los servicios, de la asesoría y/o el reconocimiento social ; renunciando así al absurdo (a la reducción artificial de la riqueza inmaterial, la mercantilización de la cultura y la comunicación). A cambio nos beneficiamos del intercambio, la libertad de modificación y el acceso público a otras creaciones. Ésta es la base de la evolución cultural. La creatividad se defiende compartiéndola. Compartir es bueno.
Compartir cultura es un derecho.
No se puede salvaguardar el derecho de subsistencia de los creadores violentando las bases sociales de la cultura: prohibiendo compartir. La Declaración Universal de Derechos Humanos concive los derechos de autor ligados al derecho de acceso a la cultura y no al derecho de propiedad, la constitución española en concreto considera la propiedad intelectual como subordinada a su función social y al interés general de acrecentar el acervo cultural de la comunidad. Compartir cultura es un derecho fundamental. Compartir es bueno.
Compartir es legítimo y es legal.
No existe ninguna sentencia española que condene a nadie por compartir bienes inmateriales en las redes de intercambio p2p de internet. Todos tenemos derecho a hacer copias de los bienes culturales que adquirimos (se llama derecho a copia privada) y tenemos derecho a compartir esa copia. A pesar de ello los medios de comunicación, incluso el propio gobierno, se empeñan en hacer que parezca lo contrario. Compartir cultura no es delito. Compartir es legítimo y es legal. Compartir es bueno.
Compartir empieza a estar perseguido.
Pese al sinsentido de la propiedad intelectual, pese a la existencia de modelos económicos eficaces basados en la libertad de intercambio, pese al derecho fundamental de acceso a la cultura, pese a su legitimidad y legalidad… compartir está siendo cada vez más perseguido y obstaculizado por causa de intereses comerciales de unos pocos con mucho poder:
- las bibliotecas estarán pronto obligadas a pagar en concepto de propiedad intelectual por cada libro prestado
- millones de personas morirán cada año si la India sucumbe a los tratados internacionales de propiedad intelectual dejando de producir medicamentos genéricos contra el SIDA , la propiedad intelectual sobre el conocimiento médico impide que mucha gente acceda a los medicamentos que necesita para seguir viviendo (informe 1, informe 2)
- campesinos rurales obligados a pagar a Monsanto porque su cultivo de maiz tradicional ha sido infectado por una plantación transgénica vecina y el campesino no ha pagado los derechos de propiedad del ADN de su cultivo,
- la plataforma de los mayores productores de software y hardware del mundo empiezan a implantar tecnologías anticopia para que compartir cultura sea imposible (sony ya a introducido el primer CD que introduce software malicioso en tu ordenador para controlar cómo y cuándo reproduces la música)
- los medios de comunicación y las sociedades de gestión confunden deliberadamente descargas de música por internet con mafias y terrorismo,
- Según la interpretación que la industria discográfica quiere imponer sobre el artículo 270 del Código Penal, bajarse una canción de internet o copiarse una película que te ha dejado un amigo debería de estar castigado con penas de entre 6 meses y 2 años de cárcel (superiores a las impuestas por acoso sexual, el robo de una discografía completa en una tienda de discos o las amenazas con armas de fuego)
- el acoso de la industria discográfica logra que las empresas que sostienen las redes de intercambio de información cierren o desaparezcan (EDonkey, webs de Bittorrent, etc.), verdaderos océanos de información intercambiada que secan las multinacionales para poder traficar con la escasez artificial de la cultura comercializada con copyright
Compartamos también la defensa de la cultura y el procomún.
Tenemos que bloquear esta maquina de guerra que amenaza con pulverizar el futuro libre de la sociedad de la información, una amenaza que busca el control total sobre los procesos comunicativos, la mercantilización absoluta de la cultura, y la criminalización del intercambio libre y creativo. Este es el momento de hacer valer nuestros derechos conjuntamente, el momento de compartir fuerzas y conocimientos. Ha llegado el momento salir a la calle. A compartir: conocimiento, cultura, técnica, poder.
Informacion de http://compartiresbueno.net/index.php/2005/10/08/otra-sociedad-de-la-informacion-es-posible/
La copia de software o cualquier obra intelectual sin ánimo de lucro no constituye delito.Mi opinion al respecto
Es un delito compartir con alguien hambriento una manzana
Es un delito compartir cultura, si es delito
Entonces Amigos Docentes estan continuamente cometiendo un delito
compartir sin animo de lucro NO ES DELITO es educacion
Prestar un libro a un amigo, un CD o una pelicula ¿entra dentro de este rubro?
Los centros de poder del mundo no tienen limites, quieren hacernos comer la frutillita tipica de la era donde el Imperio Romano era el centro del mundo "la falta de educacion aumenta nuestro poder".
Queremos un sociedad culta o una que solo hable de la ultima pelea de Bailando, patinando o el reality show (que de realidad no tienen nada) que sea
Pero al final NO ES TAN ASI, los docentes cobran sueldos miserables son maltratados por padres incultos que tienen hijos con menos cultura que ellos.
¿No nos damos cuenta de la sociedad que estamos engendrando?
Porque saben que:
Downloads y perjuicios
Casi cien usuarios argentinos ya recibieron cartas documento de hasta 12 mil pesos por bajar y compartir música online… ¿ahora quién podrá defenderlos?
Rodolfo Cámara abrió su laptop, entró en LimeWire y puso a bajar tres canciones: "Beautiful Girls" de Sean Kingston, "You Give Me Something" de James Morrison y "Happy Ending" de Mika… Minutos después, cuando estaba concentrado en elegir cuál de estos tracks le gustaba más, su padre entró en la habitación cortando el aire con una carta documento en la mano: EMI, Universal, Sony BMG y Warner lo intimaban a pagar nueve mil pesos por descargar y compartir música de sus catálogos. Así de simbólico fue el momento, tal como lo narra el propio Rodolfo. Tiene 21 años, y como otros cuatro millones y medio de usuarios en la Argentina, según fuentes de la industria, utiliza softwares como LimeWire, eMule, BitTorrent o Soulseek para conseguir gratis los discos o las canciones que le gustan. No es lo que se llama un "heavy user", un gran downloader: Apenas tenía 800 canciones, menos de diez gigas de música en su computadora, pero fue sorprendido como otros casi cien usuarios argentinos, según cifras de AADI-CAPIF, por la nueva y agresiva estrategia de las discográficas locales, en línea con los sellos de los Estados Unidos: perseguir a los usuarios que bajan e intercambian archivos en MP3… y hacer que paguen.
"Yo soy el primer boludo que conozco al que le pasa esto. No sé si me entendés…", dice Rodolfo después de pasar por la instancia de mediación judicial, en la que los abogados de su padre arreglaron con mediadora a cargo (Patricia Real, MJ 3147) y llegaron a un acuerdo de partes: en vez de los nueve mil pesos que reclamaban las compañías citadas, Rodolfo reconoció haber cometido un delito y pagó tres mil por la música más los honorarios de los abogados. La factura, en cuotas y a nombre de la Asociación para la Protección de los Derechos Intelectuales sobre Fonogramas y Videogramas (APDIF, especie de Secretaría Antipiratería Argentina), terminó siendo de casi cinco mil pesos por los "daños y perjuicios" ocasionados.
¿Cómo se saca la cuenta de cada demanda? Según informa el Sindicato de Autores y Compositores (SADAIC), el daño no sólo está dado por los temas que el usuario bajó y no pagó, sino porque los compartió: se proyecta sobre el número de temas incautados la cantidad de veces que esos archivos podrían haber estado al alcance de otros usuarios.
Incluso antes de que le llegara la orden judicial, los primeros días de noviembre de 2007, Rodolfo Cámara sabía que bajar y compartir discos o tracks bajados de internet era ilegal, pero de todos modos lo hacía. Algo inocente, desconocía el programa en su totalidad y, dice, nunca se enteró de que tenía abierta la opción de compartir sus carpetas, la clave de los sistemas de filesharing a través del famoso peer-to-peer o P2P, que les permite a otros navegantes tomar los discos que ya bajaste, y a vos bajar más discos, más rápido. Rodolfo clickeaba el botón de "download" alrededor de veinte veces por semana desde hacía siete meses, cuando la banda ancha de FiberTel llegó a su casa. Una de las últimas veces, alguno de los hombres de APDIF lo vio en la lista de espera virtual de LimeWire, anotó su IP (el número de navegación de la máquina) y pidió la orden del juez. Por eso, Rodolfo bien supone: "Supongo que todos mis datos se los pasó FiberTel".
En CAPIF se niegan a dar el número de personas que pusieron a cazar downloaders: "Me reservo ese dato. No queremos dar la imagen de un equipo de gurkas en una habitación llena de máquinas", aclara Javier Delupí, 33 años, el nuevo director ejecutivo de esta entidad (presidida por el productor Afo Verde) y ex encargado de la campaña antipiratería. Delupí y su equipo se convencen de que el crecimiento del downloading en el país, como ocurrió en el mundo, está directamente relacionado con la proliferación del wi-fi y la banda ancha a precio popular: la última publicidad de FiberTel promociona su oferta de tres meses a 29,90 pesos argentinos, al canto de: "Qué bolú, qué bolú…". Hasta no hace mucho, las campañas de los principales proveedores hacían explícita la cualidad de "bajar música" aun cuando no hay aquí servicios tan extendidos de download legal o son aún muy costosos. Delupí dice: "Los proveedores de internet abrieron la puerta, ahora tienen que reconocerlo y ayudarnos a cerrarla. La tecnología le dio poder al usuario y esto se convirtió en una dictadura del acceso".
Según el INDEC, en la Argentina 1,6 millones de hogares tienen banda ancha, lo que marca un aumento del 70 por ciento respecto de 2006. Según CAPIF, sólo en 2006 se bajaron 612 millones de tracks de forma ilegal, lo que suma más del doble de la venta legal de discos (ese mismo año se vendieron 17 millones de CDS). El 81 por ciento del mercado está cooptado por la piratería, el 70 por ciento son "heavy users", el 60 por ciento de ellos graban los CDS que bajan y la mitad de los artistas pirateados en la Argentina son, justamente, argentinos.
El 7 de diciembre de 1999, cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos llevó a juicio y luego a la quiebra a Napster, el ícono del filesharing (Shawn Fanning, su creador, lo convirtió en un sitio pago y terminó declarándose en bancarrota antes de que cerrara el caso), la RIAA (Recording Industry Association of America) profundizó su tolerancia cero. Aparecieron sitios como el de Fanning por todas partes, como guerrillas digitales: KaZaA, eMule… Entonces, la RIAA empezó a perseguir a los usuarios tomando a los proveedores de internet como rehenes, con una política abiertamente punitiva y persecutoria: entre 2004 y 2007, llevó a juicio civil 26 mil causas, de las cuales 2.500 terminaron en multas tan ejemplares como exorbitantes. Como el caso de Rodolfo.
El 7 de octubre de 2007, tras una demanda iniciada por la RIAA, la Justicia de los Estados Unidos condenó a Jammie Thomas, una mujer de 32 años, a pagar 222 mil dólares por compartir veinticuatro archivos de canciones y descargar del KaZaA 1.072 tracks (en la calculadora, da 9.250 dólares por track) de Green Day, Red Hot Chili Peppers y Guns n’ Roses, entre otras bandas.
Desde fines de 2005, la RIAA viene coordinando acciones conjuntas en todo el mundo. Máspero Abogados es un estudio jurídico especializado en Derecho del Entretenimiento y Derecho de la Música que representa en la Argentina a las cuatro discográficas multinacionales (Universal, EMI, Warner, Sony BMG), a EPSA y Pop Art, además de una cartera de clientes que incluye artistas como Gustavo Santaolalla, León Gieco, Fito Páez e Iván Noble. Pablo Máspero, socio principal del estudio, es profesor de la Universidad Austral y da un postgrado de Derecho del Entretenimiento en la UBA, además de ser director de Asuntos Jurídicos de CAPIF. Dice: "Sabemos que no se puede parar un fenómeno tan grande como el download. Es lo intangible en su máxima expresión, pero no es una ciencia oculta: es un negocio que hay que aprender de nuevo. Ahora, la meta es generar conciencia… Tratamos de influir en la conciencia del usuario. Y sabemos que nuestra campaña tuvo un efecto disuasivo".
De los casi cien casos que se lle hasta el momento, un 50 por ciento llegó a un acuerdo en la mediación judicial y el usuario pagó su multa, multas que en algunos casos ascienden hasta a 12 mil pesos. Pero ésta es sólo una acción civil. Máspero mete más miedo y asegura que, si quisiera, CAPIF podría llevar esto al plano penal, con una condena de entre seis meses y seis años de cárcel, siguiendo el modelo de España. "Pero entendemos que el downloader es un comprador en potencia… queremos hablarle con el tono justo. Esto se trata de que la gente pague. Aunque sabemos que hay una bulimia del download. El usuario que baja tracks es como un gordo en un tenedor libre: no baja todo lo que compraría, ni siquiera todo lo que puede escuchar."
El filesharing o download es la primera gran revolución tecnológica social de esta década. Con mejor distribución y más oferta, los usuarios vivieron la digitalización de la música como un tiempo de bonanza: accedieron a toda la música que siempre habían querido y que, por precio o acceso, no podían tener… ¡y gratis! Algo que, en definitiva, generó una situación de inestabilidad sólo para las grandes compañías que históricamente sacaron ventaja tanto del comprador de álbumes o singles como del deal con el artista: la mayoría de los músicos que emergieron en esta década (Arctic Monkeys, Lily Allen, Calle 13, Amy Winehouse) lo lograron, velozmente, con la ayuda del filesharing y la reproducción digital de música.
Desde que Nicolas Sarkozy, el presidente de Francia y novio de Carla Bruni, instauró la "Ley Sarkozy", los servidores de internet de ese país están obligados a cortarle el servicio a todo usuario que baje y comparta música. CAPIF, SADAIC y las discográficas vieron ahí un modelo más efectivo en la lucha contra la piratería. Ahora, van por eso.
"El argentino es pirata: si es ilegal, más le gusta hacerlo. Los pibes de 15 años piensan que la música es gratis, que no tienen que pagar por eso… y las demandas van a sus padres." Pablo Cancelliere, marketing manager online y encargado de desarrollo de nuevas tecnologías en EMI, rezonga en su escritorio. Cree que "parar la piratería es una decisión política. Internet, si querés, se corta de la noche a la mañana". Para Cancelliere, la clave de la crisis local es el poco valor que se le asigna a la música. Eso, dice, sumado a la falta de compromiso del Estado: "Se acuerdan de los músicos cuando tienen que hacer un festival… y encima asume Cristina y van todos los músicos a cantar. No entiendo. Cuando los gobiernos hagan la cuenta de lo que dejan de ganar por bancar la ilegalidad, van a entender que no les conviene. Me pregunto: ¿por qué un disco paga un 21% de IVA si «Disco es cultura»?".
Mas allá de eso, se sabe, las restricciones legales para el usuario son muchas: el solo hecho de reproducir un álbum públicamente o grabárselo a un amigo, o aun bajarse un disco comprado legalmente a un reproductor MP3 propio, también son acciones que transitan por el lado de afuera del límite legal. Casi todos los que caminamos por las calles con auriculares blancos (símbolo de esta década musical) o reproductores MP3 (otro símbolo) o celulares que reproducen música (¡otro más!) incurrimos en alguna infracción que nos convierte en "piratas". Eso no contribuye a resolver el problema de fondo: hacer que quienes producen música (los artistas, en primer lugar; la industria) y los que la consumen obtengan lo que esperan. Sin trampas. Pero sin abusos.
Nota de la Revista Rolling Stone Argentina http://www.rollingstone.com.ar/archivo/nota.asp?nota_id=983757
Al final ¿queremos una sociedad culta o inculta?